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Licencia autorizada y subsidio son pasos diferentes
La licencia acredita una incapacidad temporal e indica reposo total o parcial. COMPIN o Isapre, según corresponda, se pronuncia sobre su autorización. El derecho al subsidio por incapacidad laboral también exige cumplir los requisitos previsionales aplicables.
Esta guía se concentra en el origen común. No aplica una tabla única de pagos a maternidad, accidentes del trabajo, enfermedades profesionales o todos los regímenes públicos e independientes. El monto y la entidad pagadora se revisan en el expediente; no equivalen automáticamente al sueldo bruto ni a un tope en pesos fijo para toda persona.
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Comprueba los datos y la recepción
La guía de SUSESO indica presentar la licencia al empleador dentro de dos días hábiles desde su inicio en el sector privado y tres en el público. Para independientes, señala los dos días hábiles siguientes a la emisión ante COMPIN o Isapre. El empleador dispone de tres días hábiles siguientes a la recepción para tramitarla ante la entidad correspondiente.
Revisa identificación, período y lugar de reposo. Conserva el folio y comprobante de recepción; si es electrónica, confirma que el empleador y la entidad la recibieron. Ante un problema de transmisión o un plazo vencido, consulta de inmediato el procedimiento y los antecedentes justificativos; no alteres el documento.
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Los primeros tres días no siempre quedan sin subsidio
Según SUSESO, el subsidio común se paga desde el primer día si la licencia dura 11 días o más. Si dura menos de 11, se paga desde el cuarto día, siempre que se cumplan los requisitos del beneficio.
Si se agregan licencias continuadas por el mismo diagnóstico y en conjunto superan diez días, puede corresponder reliquidar el subsidio inicial desde el primer día. Confirma la continuidad reconocida y el cálculo: no asumas que toda licencia corta pierde definitivamente esos tres días.
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La vía depende de quién dictó la resolución
Frente a rechazo, reducción o modificación de Isapre, SUSESO señala apelación ante la COMPIN correspondiente y un plazo de 15 días hábiles desde la recepción de la carta certificada de notificación. La decisión de COMPIN puede ser revisada ante SUSESO. Para Fonasa, consulta la revisión ante COMPIN y la posterior apelación a SUSESO según la resolución recibida.
Guarda resolución, fecha de notificación e informes solicitados. No confundas reclamar la licencia con reclamar el monto del subsidio; sus trámites pueden diferir. SUSESO advierte que el subsidio puede prescribir, por lo que conviene iniciar la consulta oportunamente. Cumple el reposo indicado y aclara con el profesional tratante las actividades compatibles con él.